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La indústria farmaceutica y los Regalos

9 Julio 2013 , Escrito por Monge Promociones

La Federación Europea de Industrias y Asociaciones Farmacéuticas, EFPIA, publicó su nuevo código de transparencia, el 2 de julio de 2013, que había sido aprobado formalmente en la Asamblea General el 24 de junio. Según el comunicado de prensa publicado en el sitio web de la EFPIA, el artículo 10 del Código de edad, que rige la aplicación de "regalos", se ha suprimido. Según este artículo, la promoción de productos de hasta el valor de cinco euros se permitían hasta ahora.

El artículo 10 ha sido sustituido por la siguiente modificación: "Ningún regalo o ventaja patrimonial (en efectivo o beneficio en especie) se puede suministrar, ofrecido o prometido a un profesional de la salud." Como tal, el código no distingue entre "barato" - y por lo que "admisible" - y "regalos prohibidos", que simplemente prohíbe la aplicación de "regalos" en total. De acuerdo con una modificación adicional, que debe ser incluido en el código como un nuevo artículo, el suministro de materiales informativos o educativos directamente relacionados con la práctica de la medicina o la farmacia, y beneficia directamente a la atención de los pacientes, está permitido siempre y cuando es "barato". "Los artículos de utilidad médica", que se utilizan para proporcionar directamente información a las personas que trabajan en el cuidado de la salud o que sirven para mejorar el bienestar del paciente, también se permite, siempre y cuando sean "barato". Hay muy pocos productos promocionales que caen bajo esta categoría.

Las modificaciones se incluirán en el código y entrarán en vigor según lo previsto el 1 de enero de 2014. Artículos y productos de venta libre sin impresión publicitaria que se implementan en congresos y conferencias, por ejemplo, están excluidos de esta regulación.

Como anunció el alemán Productos Promocionales Paraguas Association (GWW), su bufete de abogados encargado ha comprobado la legalidad de las nuevas disposiciones del código y ha enviado una carta que corresponde a la Comisión Europea a este respecto. En esta carta, el GWW explica en detalle y da una justificación legal de por qué curso de acción de la EFPIA viola la ley de competencia, y, finalmente, que la prohibición de la aplicación de obsequios se debe revisar y prohibido.

El paraguas de la asociación europea EPPA ha puesto también cartas enviadas a los Comisarios de la UE Karel De Gucht (Comercio) y Antonio Tajani (Empresas e Industria) y más recientemente de Joaquín Almunia, Comisario de la Dirección General de Competencia. Según la EPPA, este último está comprobando si la anterior medida viola el derecho de la UE.

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La experiencia de estos regalos siempre es positiva, merece la pena
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